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Invierte en la
República Dominicana.
La República de las oportunidades.
¿Por qué invertir en República Dominicana?
Un país de oportunidades infinitas
Economía
La economía dominicana es un de las que mas rápido ha crecido en Latinoamérica y el caribe en las últimas décadas.
En el año 2021 con relación al año pre-pandemia 2019 el crecimiento económico es de un 4.7% según el FMI el cual es la recuperación más rápida de toda Latinoamérica.


Seguridad Jurídica
La inversión extranjera en la República Dominicana está amparada en la ley 16-95 DE INVERSIÓN EXTRANJERA, la cual establece las condiciones en las que se deben dar las inversiones extranjeras en el país y que establece el banco central como la institución a la que hay que informar sobre los flujos de inversión y el cual emite la Certificado de Registro de inversión Extranjera Directa.
Incentivos fiscales
El principal atractivo para la inversión en la República Dominicana es que existe una gran cantidad de leyes de incentivos fiscales que pueden aprovecharse en sectores como: Energía renovable, Cine, Turismo, Zonas francas.
Todos los incentivos explicados a continuación:

Incentivos fiscales en República Dominicana

Ley No. 158-01 y Ley No. 195-13, de Incentivo Turístico.
Beneficios fiscales
Exención de impuestos en la compra o importación de maquinarias.
Exención de Impuesto sobre la renta durante los primeros 15 años.
Exención de los impuestos nacionales y municipales tales como los permisos de construcción como los actos de compra del terreno.
No estarán sujetas a pago de impuestos ni retención alguna, los financiamientos nacionales e internacionales, ni los intereses de éstos, otorgados a las empresas que sean objeto de estos incentivos.
Entre otros beneficios fiscales.

Ley No. 8-90 sobre Fomento de Zonas Francas de Exportación.
Beneficios fiscales
Exención del impuesto sobre la renta.
Exención del pago de impuestos sobre la construcción, los contratos de préstamos y sobre el registro y traspaso de bienes inmuebles a partir de la constitución de la operadora de zona franca correspondiente.
Exención del pago de impuestos sobre la constitución de sociedades comerciales o de aumento del capital de las mismas.
Exención del pago de impuestos municipales creados que puedan afectar estas actividades.
Exención de todos los impuestos de importación, arancel, derechos aduanales y demás gravámenes conexos, que afecten las materias primas, equipos, materiales de construcción, partes de edificaciones, equipos de oficina, etc., todos ellos destinados a: Construir, habilitar u operar en las zonas francas.
Entre otros beneficios fiscales.

Ley No. 108-10 y sus modificaciones, de Fomento de la Actividad Cinematográfica.
Beneficios fiscales
Deducción del 100% del valor invertido en un largometraje dominicano para el cálculo del Impuesto sobre la Renta, con un tope de un 25% del total a pagar por dicho concepto.
Un 25% de crédito fiscal transferible sobre los gastos incurridos en la República Dominicana, por producciones de largometrajes, miniseries y películas para televisión, incluyendo el “above and below the line”, con un mínimo de gastos realizados de US$500,000.
Exención del ITBIS (IVA): Esto aplica para los bienes y servicios relacionados con la preproducción, producción y postproducción de obras cinematográficas y audiovisuales.
Exención de Impuesto sobre la Renta para las reinversiones, por un período de diez años desde la aprobación de la Ley. Esta facilidad beneficia a productores, distribuidores y exhibidores.
Exención del Impuesto sobre la Renta para la construcción de Salas de Cine, 50% para las salas construidas en el Distrito Nacional y Santiago, y 100% en el resto de las provincias. Exonera por un período de cinco años, de los impuestos por permisos de construcción y de los impuestos de importación e ITBIS (IVA) para equipos necesarios para el primer equipamiento y puesta en operación de la sala de cine.
Exención de un 100% sobre los beneficios de explotación por un período de 15 años a partir de la entrada en vigencia de la Ley. Y para importación de bienes de capital para el establecimiento de estudios, por un período de 10 años.

Ley No. 57-07 sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía.
Beneficios fiscales
Reducción de retención de ISR a intereses sobre prestamos al 5% cuando sea para proyectos de generación de energías renovables.
Exención de impuestos en importación para todo lo necesario para la producción de energías renovables.
Exención del 100% del ITBIS (IVA) en compras locales de equipos, maquinarias y accesorios señalados por la Ley, y que se utilicen exclusivamente para la producción de energía de fuentes renovables.
Un Crédito Fiscal de hasta el 40% a los autoproductores, como crédito único al impuesto sobre la renta, tomando como base el costo de la inversión realizada, a las personas que instalen o cambien a sistemas de fuentes renovables en la provisión de su autoconsumo energético. Dicho crédito fiscal es descontado en los tres (3) años siguientes al impuesto sobre la Renta Anual, en proporción del 33.33%.

Ley No. 12-21 que crea la Zona Especial de Desarrollo Integral Fronterizo y un régimen de incentivos, que abarca las provincias Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco.
Beneficios fiscales
Exención del impuesto sobre la renta.
Exención de impuestos en la importación de lo necesario para iniciar la empresa.
Exenciones de impuesto selectivo al consumo de seguros y telecomunicaciones.
Exención de ITBIS (IVA) en la importación de insumos que se usaran para producir bienes exentos de IBITS (IVA).
Exención del arancel para la importación de insumos y materias primas utilizados para la producción de bienes, solo cuando las mismas no se produzcan en el país.
Exención de todos los impuestos relacionados a la transferencia inmobiliaria donde se desarrolle el proyecto.
Exención de la obligación de retener e ingresar a la Administración Tributaria los pagos al exterior de servicios de innovación tecnológica requeridos por los proyectos exclusivamente durante la construcción y puesta en operación.
Exención de los impuestos, tasas y derechos de registros relacionados con el aumento de capital y transferencia de partes sociales en las sociedades comerciales con domicilio social dentro de la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo.

Ley No. 171-07 sobre Incentivos Especiales a los Pensionados y Rentistas de fuente extranjera.
Beneficios fiscales
Residencia por Inversión: este programa permite a los inversionistas extranjeros, pensionados y rentistas obtener la residencia dominicana en un plazo de 45 días laborables.
Exención del pago de impuestos de los ajuares del hogar y bienes personales, que permite a los extranjeros que ingresen al país, con el propósito de establecer su residencia, traer sus ajuares del hogar libre de pago de impuestos.
Exención parcial de los impuestos aplicables a la importación de vehículos de motor usados, siempre y cuando su propietario posea al menos un año de uso.
Exención del pago de los impuestos sobre transferencia inmobiliaria, sobre la primera propiedad adquirida.
Exención del pago del Impuesto sobre la Renta respecto a las sumas que hayan sido declaradas como ingreso para acogerse a los beneficios de la Ley.
Exención del 50% de los impuestos sobre hipotecas, siempre y cuando el acreedor sea una institución financiera regulada por la Ley Monetaria y Financiera.
Exención de los impuestos que graven el pago de dividendos e intereses, generados en el
país o en el extranjero.Exención del impuesto sobre ganancia de capital (27%), siempre y cuando el rentista sea el accionista mayoritario de la sociedad que deba pagar este impuesto y que la misma no realice actividades comerciales o industriales.
Exención del pago del Impuesto de Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) por la adquisición de vehículos de motor en la República Dominicana.

¿Quiénes somos?
Un proyecto de Anchi Advisors, SRL
https://www.anchiadvisors.com/
Invest in RD es un proyecto para promover la inversión extranjera en la República Dominicana, además Invest in DR es parte de Anchi Advisors, SRL que es firma de contadores en Santo Domingo que se encarga de apoyar a las empresas con los Impuestos y Contabilidad, en vista de una gran cantidad de clientes internacionales que solicitaron sus servicios de constitución de empresas en RD, se inició el proyecto Invest in RD.
Servicios
Todo lo que necesita
Servicios de Impuestos
Nos encargamos de realizar el cumplimiento fiscal mensual y anual de su empresa para que siempre esté al día con sus impuestos.
Los servicios que ofrecemos son:
Declaración del ITBIS (IVA).
Declaración de impuesto sobre la renta.
Presentación de la DIOR (Precios de transferencia).
Atender notificaciones de la administración tributaria (DGII).


Servicios de contabilidad
Nos encargamos de registrar las operaciones financieras de su empresa para aportarle información que le permita tomar decisiones.
Los servicios contables que brindamos son:
Contabilidad Financiera
Outsourcing de Contabilidad
Contabilidad de Costos
Contabilidad Administrativa
Contabilidad Fiscal
Ver catalogo completo de servicios.
Opiniones de nuestros servicios




A Montaura S&A Dominicana Anchi Advisors le ha dado un excelente servicio lo recomiendo.
Aurora Pérez - Gerente Administrativa de Montaura Dominicana.
Excelente servicio, 100% recomendado✅.
Angel Guzmán- Gerente General Producciones Dr. Angel Guzmán.
Se los recomiendo, no tenía mi empresa formalizada porque no sabía nada de de impuesto ni la DGII, pero gracias a ellos hoy estoy al día con todo 😌.
Andy Brito- Gerente General Bavor Creatives.
Excelentes servicios, gracias a Anchi Advisors estoy al día con mi empresa💯.
Rita Mena- Gerente de MenaContainer Auto Parts, SRL.
Encuentra estas opiniones en el siguiente enlace.
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